LINEAMIENTOS PARA EL USO SEGURO DE SISTEMAS DE ACCESO
Según el Reglamento de Protección Contra Caídas en Alturas: “El montaje y/u operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe ser inspeccionado por el coordinador de trabajo en alturas conforme a las instrucciones dadas por el fabricante o una persona calificada, atendiendo las normas nacionales o en su defecto las internacionales y de acuerdo con las disposiciones de prevención y protección establecidas en la presente resolución. Se debe garantizar completa estabilidad y seguridad del sistema de acceso para trabajo en alturas, de tal forma que este no sufra colgamiento o caída.
Incluye verificar la estabilidad del suelo para la carga a aplicar. El montaje y operación de todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe garantizar una distancia segura entre este y las líneas o equipos eléctricos energizados de acuerdo con las normas eléctricas aplicables. Todo sistema de acceso para trabajo en alturas, debe estar debidamente asegurado en forma vertical y/u horizontal, conforme a las especificaciones del mismo”.
Más Planificación…Más Seguridad…Más Felicidad¡

La legislación vista también como manuales técnicos y guías con alto valor pro-activo (anticipación), no ES inconveniente para quienes anhelan conocerla y estratégicamente procuran su cumplimiento… con ello viene tranquilidad… CONTINUIDAD DEL NEGOCIO, aunque con más Responsabilidad Social.
“Siempre que se trabaje con sistema de acceso para trabajo en alturas, el trabajador no debe ascender por encima de los límites seguros permitidos establecidos para cada sistema. En el caso en que el sistema cuente con una plataforma, ella debe cubrir la totalidad de la superficie de trabajo y contar con sistema de barandas que cumpla con las disposiciones establecidas en la presente resolución. El uso de sistema de acceso para trabajo en alturas no excluye el uso de sistemas de prevención y protección contra caídas.

La selección y uso específicos de cada sistema de acceso para trabajo en alturas, y de los sistemas de prevención y protección contra caídas aplicables, debe ser avalado por escrito por el coordinador de trabajo en alturas y/o una persona calificada y debe atender a las instrucciones y especificaciones dadas por el fabricante”.
Continua…
El Decreto 1072/15 motivando a SER pro activos (anticiparse al accidente) y la Resolución 1111/17 encaminada a convertirse potencialmente en un aspecto clave en la CONTRATACIÓN pública y privada.
Esperamos Tú llamada al Centro de Soluciones Integradas – CSI 313 336 9782
Autor: Carlos Vidal Ariza
Ingeniero Especialista en SGSST
Promotor instalación del Eficaz Control de Tareas y Actividades de Alto Riesgo
carlosvidalariza@redcayra.org
CONFERENCIAS y Consultoría, donde lo legal, técnico y lo DIDÁCTICO … garantizan el análisis para la SER y acTÚar oportunaMENTE.
